El Tribunal Supremo DESESTIMA el Recurso Contencioso Administrativo contra el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

El Tribunal Supremo DESESTIMA el Recurso Contencioso Administrativo contra el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

Publicado el 11/04/17 (2550 lecturas)
El pasado 4 de abril el Tribunal Supremo ha dictado Sentencia por la que DESESTIMA el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, contra el Real Decreto 1072/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Han intervenido en el proceso como partes demandadas la Administración General del Estado, la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y la Federación Española de Asociaciones de Organismos de Control (FEDAOC). Aunque inicialmente la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) se personó en el procedimiento, en fecha 16 de junio de 2016 se apartó del mismo.

La parte recurrente solicitaba al Tribunal Supremo que estimase el recurso y declarase nulas la exigencias de acreditación por ENAC para el reconocimiento por el Organismo de Control contenidas en los preceptos del Reglamento impugnado.

Por su parte FEDAOC se personó y procedió a contestar a la demanda solicitando la desestimación del recurso.

Seguido el procedimiento por sus legales trámites, tras la votación y fallo del pasado día 28 de marzo de 2017, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictó Sentencia el día 4 de abril DESESTIMATORIA del citado Recurso, lo que implica que la acreditación por ENAC es necesaria, tal como se establece en la legislación vigente.