TRES POLICÍAS Y UNA MUJER, HERIDOS AL HUNDIRSE UN ASCENSOR EN VALENCIA

Publicado el 05/11/18 (7307 lecturas)

Tres policías locales y una mujer han resultado heridos el pasado martes por la tarde al desplomarse el ascensor en el que sehallaban durante una emergencia en un piso de Valencia. Uno de los agentes quedó ingresado en observación en el Hospital Intermutual de Levante.

El siniestro se produjo al atender un aviso al 092. Según la alerta, un vecino de la avenida Doctor Waksman podría hallarse en peligro tras haber ingerido pastillas en lo que parecía un intento desuicidio.

Los agentes se presentaron en el edificio e intentaron subir al piso afectado, pero no fue fácil: una puerta de hierro impedía acceder a la escalera y el ascensor requería una llave para activarlo.

Una vecina, que acudió al requerimiento,subió con los agentes al ascensor, pero el recorrido fue corto: tras un brusco parón, la caja del ascensor se desplomó hasta el sótano, medio metro por debajo de la puerta; los ocupantes tuvieron que ser rescatados.

Una inspección posterior determinó que, en lo alto del espejo del ascensor, y colocado al fondo de la cabina, un papel escrito a mano rezaba: «No subir más de tres personas».

Para evitar sucesos y siniestros así, la Federación de Asociaciones de Organismos de Control (FEDAOC) recuerda que los ascensores son equipos regulados por el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención

Según dicta el artículo 5.1 de la ITC AEM 1, el titular de un ascensor es responsable de:

Mantener el ascensor en buen estado de funcionamiento durante todo el tiempo que pueda ser utilizado, cumpliendo las disposiciones reglamentarias pertinentes. Deberá suscribir un contrato de mantenimiento con empresa conservadora de ascensores, facilitando la realización por la misma de las correspondientes revisiones y comprobaciones. Dicha revisión, según se indica en el punto 5.3.2. de la ITC AEM 1, debe ser mensual y realizada por una empresa de mantenimiento debidamente acreditada.

- De impedir el funcionamiento del ascensor cuando tenga conocimiento, por sí mismo o por indicación de la empresa conservadora, organismo de control u órgano competente de la Administración Pública, de que su utilización no reúne las debidas garantías de seguridad.

- Solicitar a tiempo la realización de las inspecciones periódicas, facilitando para tal fin el acceso a los organismos de control y teniendo a su disposición el certificado de la última inspección. La inspección periódica será realizada por un organismo de control y se realizará cada, 2, 4, o 6 años, según indica el punto 11.2.1. de la ITC AEM 1, conforme al plazo del uso y lugar donde se encuentre ubicado el ascensor.

FEDAOC subraya que las inspecciones realizadas por los Organismos de Control son motor de la actividad económica, contribuye a la actualización, mejora y avance tecnológico de equipos e instalaciones, y garantizan que las condiciones de seguridad para el ciudadano son las adecuadas, minimizando posibles situaciones de riesgo.

Asimismo, resalta que los Organismos de Control acreditados por ENAC deben ser los encargados de realizar las inspecciones periódicas como función delegada de la Administración.

Sobre FEDAOC

Fundada en 2015, la Federación Española de Organismos de Control (FEDAOC) integra a 14 asociaciones autonómicas del ramo y a más de 50 empresas especializadas, conforme a la reglamentación, en la verificación de condiciones de seguridad de equipos e instalaciones industriales públicas y privadas.

Más informaciónen www.fedaoc.com